Archivo de categorías Publicaciones

PorHeberto Joel

Herramientas para la COVID-19

La Emergencia Sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) requiere un colaboración conjunta entre autoridades, empresas y sociedad civil para detener su propagación; por tal motivo, las empresas tienen la responsabilidad de adoptar las acciones y medidas preventivas que han establecido o recomendado tanto la Autoridad Laboral como la Autoridad Sanitaria para proteger la seguridad y salud de los trabajadores, y por consiguiente de la sociedad.

Generalmente, una pandemia se presenta en 2 o 3 oleadas que separan a cada brote durante 3 a 9 meses. Se espera que cada oleada dure aproximadamente de 6 a 8 semanas, estos ciclos pueden durar hasta por dos años.

La Autoridad Laboral, previendo este tipo de escenarios adversos, mediante el Artículo 132, fracción XIX Bis de la Ley Federal del Trabajo, instruye a las empresas a:

Cumplir con las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la autoridad competente, así como proporcionar a sus trabajadores los elementos que señale dicha autoridad, para prevenir enfermedades en caso de declaratoria de contingencia sanitaria

Aunado a ello, los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo juegan un rol muy importante; ya que de acuerdo al Artículo 48, fracción III del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, se deben incorporar al Programa de SST:

Las acciones pertinentes para la atención a emergencias y contingencias sanitarias que recomienden o dicten las autoridades competentes

Por tal razón, a continuación se listan una serie de Herramientas que ayudarán a los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo a cumplir con sus funciones y actividades dispuestas en la NOM-030-STPS-2009.


Bienestar

Logo Gobierno


STPS

Logo STPS


SSA

Logo SSA


IMSS

Logo IMSS


Gobierno CD MX

Logo Gobierno Cd Mx


OMS PAHO

Logo PAHO


OSHA


Centros de Control y Prevención de Enfermedades

Logo CDC


EPA

Logo EPA


Ayúdenos a mejorar esta publicación, si considera que alguna otra herramienta de acceso gratuito debe estar incluida o algún link no funciona, por favor contáctenos

NOTA: Los logos de instituciones nacionales e internacionales no se están utilizando para fines de publicidad o comercialización, sino como referencias gráficas para ubicar los enlaces externos con las herramientas que son de acceso libre y gratuito.

Fuentes de Información

Agencia de Prección Ambiental. (s.f.). Enfermedad del coronavirus 2019 (COVID-19). Conusltado el 19 de mayo de 2020 en https://espanol.epa.gov/espanol/enfermedad-del-coronavirus-2019-covid-19. USA.

Bienestar Social. (s.f.). Información para la prevención del COVID-19. Consultado el 19 de mayo de 2020 en http://bienestarsocial.mx/coronavirus/index.html. México.

Centros para el Control y Prevención de Enfermedades. (s.f.). Coronavirus (COVID-19). Conusltado el 19 de mayo de 2020 en https://espanol.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/index.html. USA.

Insituto Mexicano del Seguro Social. (s.f.) COVID-19. Consultado el 19 de mayo de 2020 en http://www.imss.gob.mx/covid-19. México.

Insituto Mexicano del Seguro Social. (s.f.) Recomendaciones para un Retorno Seguro al Trabajo ante COVID-19. Consultado el 19 de mayo de 2020 en https://climss.imss.gob.mx/. México.

Occupational Safety and Health Administration. (s.f.). Publicaciones. Consultado el 19 de mayo de 2020 en https://www.osha.gov/pls/publications/publication.html. USA.

Organización Mundial de la Salud. (s.f.). Nuevo Coronavirus 2019. Consultado el 19 de mayo de 2020 en  https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019. Suiza.

Organización Panamericana de la Salud. (s.f.). Campus Virtual de Salud Pública. Conusltado el 19 de mayo de 2020 en https://www.campusvirtualsp.org/es. USA.

Organización Panamericana de la Salud. (s.f.). Enfermedad por el Coronavirus ‎‎(COVID-19)‎. Consultado el 19 de mayo de 2020 en https://www.paho.org/es/temas/coronavirus/enfermedad-por-coronavirus-covid-19. USA.

Secretaría de Economía. (s.f.). ACUERDO por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas. Consultado el 19 de mayo de 2020 en https://www.economia.gob.mx/files/marco_normativo/A539.pdf. México.

Secretaría de Salud. (s.f.). Coronavirus. Consultado el 19 de mayo de 2020 en https://coronavirus.gob.mx/. México.

Secretaría de Salud. (s.f.). Materiales de Consulta. Consultado el 19 de mayo de 2020 en https://www.gob.mx/salud/documentos/covid-19-materiales-de-consulta?state=published. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (s.f.). Guía de Acción para los Centros de Trabajo ante el COVID-19. Consultado el 19 de mayo de 2020 enhttps://www.gob.mx/stps/documentos/guia-de-accion-para-los-centros-de-trabajo-ante-el-covid-19. México

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (s.f.). Situación Laboral Frente al COVID-19. Consultado el 19 de mayo de 2020 en https://www.gob.mx/stps/documentos/situacion-laboral-frente-al-covid-19. México

PorHeberto Joel

Acuerdos de la STPS

sidof.segob.gob.mx/notas/5492491

En concordancia con sus facultades, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; además de la Ley, Reglamento y Normas Oficiales Mexicanas, ha emitido Acuerdos como parte de sus instrumentos normativos para el cumplimiento de sus atribuciones. Los cuales legalmente se fundamentan en:

A la fecha existen varios acuerdos emitidos por la STPS en diferentes ámbitos de su competencia; sin embargo, solo se abordarán los relacionados con temas de Seguridad y Salud en el Trabajo.


Cumplimiento Normas

(s.a.) (s.f.). Tomado de https://www.europreven.es/noticia.php?noticia=413-clm-convocara-tres-lineas-ayudas-destinadas-prevencion-riesgos-laborales-

ACUERDO por el que se crea el sistema para informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento y seguridad y salud que prevalecen en los centros de trabajo.

Tiene por objeto crear el Sistema para que los patrones declaren a la Autoridad del Trabajo, bajo protesta de decir verdad, el nivel de cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo, Capacitación y Adiestramiento y Seguridad y Salud que prevalecen en sus centros de trabajo.

El cumplimiento por parte de la empresa para atender la normatividad aplicable, se puede realizar en cualquier momento, por lo que no queda sujeto a un horario en particular, lo cual no interfiere en el desarrollo de otras actividades de interés para el centro de trabajo.

Consulta el Acuerdo en el DOF.

Puedes acceder aquí a la Herramienta CumpliLab


(Sánchez, H.) (2020). Procedimiento alternativo para cumplir NOM-004-STPS-1999.

Acuerdo por el cual se da a conocer el formato oficial del trámite denominado Autorización para la utilización de equipos, tecnologías, procedimientos o mecanismos alternativos

Tiene por objeto dar a conocer el formato oficial del trámite denominado «Autorización para la utilización de equipos, tecnologías, procedimientos o mecanismos alternativos», a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Los procedimientos alternativos (medios o mecanismos alternativos) son los procesos, tecnologías, equipos, mecanismos, métodos de prueba o materiales específicos que un centro de trabajo puede utilizar -con la autorización de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social- para dar cumplimiento con sus obligaciones, establecidas en las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Este trámite se realiza cuando la empresa determina cumplir con lo dispuesto por las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo de forma diferente, justificando su propuesta y alcanzando el objetivo y finalidad de la norma respectiva.

Consulta el Acuerdoen el DOF.

Puedes descargar aquí el formato editable de Autorización.


(s.a.)(s.f.) Tomada de https://www.abogados.com/blog/cinco-cosas-debe-hacer-luego-sufrir-accidente-trabajo/

Acuerdo por el que se crea el Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo y se dan a conocer los formatos para informar los accidentes y defunciones de los trabajadores

Tiene por objeto establecer el Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo, así como dar a conocer los formatos mediante los cuales los patrones, trabajadores o familiares presenten ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, bajo protesta de decir verdad, los avisos de accidentes de trabajo, así como las defunciones como consecuencia de accidentes o enfermedades de trabajo.

En caso de que ocurra un accidente de trabajo en la empresa o centro laboral o en trayecto, se deberá presentar el «Aviso de accidente de trabajo» dentro de las 72 horas posteriores al incidente ante la Inspección del Trabajo, la Junta de Conciliación y Arbitraje, y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Consulta el Acuerdo en el DOF.

Accede al Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo – SIAAT

Puedes descargar aquí los formatos editables de Aviso de Accidente de Trabajo


Adiestramiento

(PEMEX) (2016). Curso Básico de Seguridad, adiestramiento de Contra Incendio.

Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores

En resumen, este Acuerdo establece la manera en que las empresas deben cumplir con las disposiciones legales en materia de capacitación, adiestramiento y productividad ante las Autoridades Laborales.

Consulta el Acuerdo en el DOF.

Accede al Portal de Concertación y Capacitación Laboral

Descarga aquí los formatos editables del Capacitación, Adiestramiento y Productividad

Nota: Ayúdanos a mejorar nuestro contenido, si algún link no funciona, por favor contáctenos para reportarlo.

Fuentes de información

Cámara de Diputados. (s.f.). Leyes Federales Vigentes. Consultado el 15 de mayo de 2020 en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm. México.

Diario Oficial de la Federación. (s.f.). Búsqueda avanzada. Consultado el 15 de mayo de 2020 en https://sidof.segob.gob.mx/busquedaAvanzada/busqueda. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (s.f.). Autorización para utilización de equipos, tecnologías, procedimientos o mecanismos alternativos. Consultado el 15 de mauo de 2020 en http://www.stps.gob.mx/gobmx/masinfo/STPS_05_003_a.html. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (s.f.). Concertación y Productividad Laboral. Consultado el 15 de mayo de 2020 en https://productividadlaboral.stps.gob.mx/. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (s.f.). CumpliLab. Consultado el 15 de mauo de 2020 en http://cumplilab.stps.gob.mx/Account/Login. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (s.f.). Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo. Consultado el 15 de mayo de 2020 en http://siaat.stps.gob.mx/. México.

PorHeberto Joel

Capacitación y Adiestramiento en México

En México, los patrones están obligados a proporcionar Capacitación y Adiestramiento a los trabajadores; y estos últimos, están obligados a recibirla; de conformidad con:

Formación01

(Sánchez) (2019). Capacitación y adiestramiento en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo

¿Qué es la Capacitación y Adiestramiento?

Capacitación y Adiestramiento son términos que en nuestro país se utilizan de manera conjunta en las diferentes disposiciones legales y programas del estado; y de los cuales pueden haber diferentes definiciones según la fuente consultada; sin embargo, legalmente, cada una tiene por objeto lo siguiente:

Capacitación: Preparar a los trabajadores de nueva contratación y a los demás interesados en ocupar las vacantes o puestos de nueva creación. Incluye, el apoyo a los trabajadores para iniciar, continuar o completar ciclos escolares de los niveles básicos, medio o superior (Artículo 153-B, LFT, 2019).

Es decir, hacer aptos a los trabajadores que inician dentro de una empresa, o que son parte de la empresa y se inician en nuevos puestos trabajo; además contempla la preparación académica de cualquier trabajador de la organización, sin importar su antigüedad.

Adiestramiento: (Artículo 153-C, LFT, 2019) I. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades de los trabajadores y proporcionarles información para que puedan aplicar en sus actividades las nuevas tecnologías que los empresarios deben implementar para incrementar la productividad en las empresas.

II. Hacer del conocimiento de los trabajadores sobre los riesgos y peligros a que están expuestos durante el desempeño de sus labores, así como las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo que les son aplicables, para prevenir riesgos de trabajo.

III. Incrementar la productividad.

IV. En general mejorar el nivel educativo, la competencia laboral y las habilidades de los trabajadores.

Es decir, el término está concebido para los trabajadores que ya son parte de la empresa u organización, con el objeto de hacerlos diestros en sus habilidades laborales (actualizar y/o perfeccionar).

Definición de Capacitación y Adiestramiento

El conjunto de conocimientos y habilidades cognitivos, afectivos y psicomotrices, proporcionados por la empresa, agentes capacitadores o instituciones académicas que permite a los trabajadores ser aptos o diestros en sus funciones y actividades, con la finalidad elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad.

¿Qué deben de cumplir las empresas?

En México, de conformidad con el «ACUERDO por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores«, las empresas deben cumplir lo siguiente:

I. Constituir la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, para empresas que tengan más de 50 trabajadores, formato DC-1.

II. Elaborar un Plan o Programa de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, formato DC-2.

III. Expedir Constancias de Competencias o Habilidades Laborales, formato DC-3.

IV. Presentar las Listas de Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales, formato DC-4, para empresas con más de 50 trabajadores deberán presentalo mediante el «Portal de Lista de Constancias de Competencias o Habilidades Laborales«.

Cuando las empresas contraten los servicios de Capacitación y Adiestramiento a través de Agentes Capacitadores Externos, deben solicitar a la entidad instructora la Constancia como Agente Capacitador Externo y la relación de los cursos registrados ante la STPS en el sitio web «Consulta de Agentes Capacitadores Registrados ante la STPS«. Esto garantiza que la entidad instructora está autorizada ante la STPS, y registró el curso o programa de cursos a impartir a los trabajadores, mediante el formato DC-5.

Descargar los formatos DC-1, DC-2, DC-3, DC-4 y DC-5 aquí.

¿Quiénes pueden expedir las Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales?

En el artículo 24 del ACUERDO de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores, estipula que deberán expedirse por:

a. La entidad instructora cuando se trate de agentes capacitadores externos;
b. Por la empresa, cuando se trate de instructores internos;
c. Las empresas de las que se haya adquirido un bien o servicio (con objeto diferente al servicio de capacitación y adiestramiento);
d. Extranjeros que impartan capacitación a trabajadores mexicanos en territorio nacional o cuando la capacitación se realice en el extranjero, y
e. Autoridades competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Beneficios

Los beneficios que obtiene por capacitar y adiestrar a su personal son:

  • Eleva el nivel de vida, la competencia laboral y productividad de los trabajadores.
  • Prepara a los trabajadores de nueva contratación y a los demás interesados en ocupar las vacantes o puestos de nueva creación.
  • Actualiza y perfecciona los conocimientos y habilidades de los trabajadores.
  • Conocen de los riesgos y peligros a los que están expuestos durante el desempeño de sus labores.
  • Incrementa la productividad de la empresa.
  • Mejora la competencia laboral y las habilidades de los trabajadores.
  • Cumple con las disposiciones legales ante inspecciones de las autoridades de trabajo y partes interesadas.
  • Cumple con las disposiciones legales ante incidentes o accidentes de trabajo.
  • La capacitación y adiestramiento es deducible del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
  • La STPS cuenta con el portal de Concertación y Capacitación Laboral para orientar a las empresas en este rubro.

Fuentes de Información

Cámara de Diputados. (2019). Ley Federal del Trabajo. Consultado el 08 de enero de 2020 en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf. México.

Cámara de Diputados. (2014). Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. Consultado el 08 de enero de 2020 en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n152.pdf. México.

Diario Oficial de la Federación (DOF). (2013). ACUERDO por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores. Consultado el 08 de enero de 2020 en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5302582&fecha=14/06/2013. México.

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente – PRODECON. (2015). Boletín de Actualización Fiscal. Consultado el 08 de enero de 2020 en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/65495/Bolet_n_MAYO_2015_-_Tesis_y_Jurisprudencias.pdf#page=74&zoom=100,109,714. México.

Real Academia Española – RAE. (s.f.). Diccionarios de la Lengua Española. Consultado el 08 de enero de 2020 en https://www.rae.es/. España.

Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo – SePreSST. (2019). Glosario de Términos de Seguridad y Salud en el Trabajo. Publicado el 08 de enero de 2020 en http://www.sepresst.com.mx/2019/08/23/glosario-de-terminos-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social – STPS.  (s.f.). Concertación y Capacitación Laboral. Consultado el 08 de enero de 2020 en https://productividadlaboral.stps.gob.mx/. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social – STPS.  (s.f.). Consulta de Agentes Capacitadores Registrados ante la STPS. Consultado el 08 de enero de 2020 en http://agentes.stps.gob.mx:141/#b. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social – STPS.  (s.f.). Portal de Lista de Constancias de Competencias o Habilidades Laborales. Consultado el 08 de enero de 2020 en https://sirceempresas.stps.gob.mx/#. México.

 

PorHeberto Joel

Normas Oficiales Mexicanas de la STPS

Marco Normativo de Seguridad y Salud en el Trabajo

La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) cuenta actualmente con 44 Normas Oficiales Mexicanas (NOM’s) para su cumplimiento en los centros de trabajo; facultad que ha sido otorgada por las siguientes disposiciones legales:

Lo anterior, se deriva de nuestra carta magna, La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dicta en su artículo 123 Apartado «A»,fracción XV, lo siguiente:

el patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas.

Es decir, en los centros de trabajo estarán obligados a cumplir las NOM’s de la STPS que les apliquen con base a las actividades y procesos que ahí se lleven a cabo.

Pirámide Laboral en SST

(Sánchez, H.) (2019) Pirámide legislativa laboral en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en México.

Categorías de las Normas Oficiales Mexicanas de la STPS

Las 44 NOM’s se dividen en 5 categorías o grupos, como se muestra a continuación:

Categorias NOM STPS

(Sánchez, H.) (2019) Las 5 categorías en que se clasifican las 44 NOM´s de la STPS.

Seguridad

En esta clasificación se agrupan 12 normas que buscan reducir o eliminar los accidentes de trabajo.

  • NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad.
  • NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad-Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.
  • NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo.
  • NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.
  • NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
    • ACUERDO por el que se reforma el artículo primero transitorio del Acuerdo por el que se modifica la Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
    • ACUERDO por el que se modifica la Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
  • NOM-009-STPS-2011, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura.
  • NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas – Funcionamiento – Condiciones de Seguridad.
    • ACUERDO de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas-Funcionamiento-Condiciones de seguridad.
    • ACUERDO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas-Funcionamiento-Condiciones de seguridad.
  • NOM-022-STPS-2015, Electricidad estática en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad.
    • ACLARACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-STPS-2015, Electricidad estática en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad, publicada el primero de abril de 2016.
  • NOM-027-STPS-2008, Actividades de soldadura y corte-Condiciones de seguridad e higiene.
  • NOM-029-STPS-2011, Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad.
  • NOM-033-STPS-2015, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados.
  • NOM-034-STPS-2016, Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo.

Salud

Este grupo está conformado por 10 normas, las cuales tienen como finalidad a prevenir enfermedades de trabajo, apoyándose en el reconocimiento, evaluación y control de los contaminantes del ambiente laboral que son los agentes físicos y químicos. También se han considerado los factores de riesgo psicosocial y ergonómico.

  • NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral-Reconocimiento, evaluación y control.
    • ACLARACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral-Reconocimiento, evaluación y control, publicada el 28 de abril de 2014.
  • NOM-011-STPS-2001, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.
  • NOM-012-STPS-2012, Condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo donde se manejen fuentes de radiación ionizante.
  • NOM-013-STPS-1993. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes.
    • ACLARACION a la Norma Oficial Mexicana NOM-013-STPS-1993, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes, publicada el 6 de diciembre de 1993.
  • NOM-014-STPS-2000, Exposición laboral a presiones ambientales anormales-Condiciones de seguridad e higiene.
  • NOM-015-STPS-2001, Condiciones térmicas elevadas o abatidas-Condiciones de seguridad e higiene.
  • NOM-024-STPS-2001, Vibraciones-Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
  • NOM-025-STPS-2008, Condiciones de iluminación en los centros de trabajo.
    • ACUERDO por el que se modifica la Norma Oficial Mexicana NOM-025-STPS-2008, Condiciones de iluminación en los centros de trabajo.
  • NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención.
  • NOM-036-1-STPS-2018, Factores de riesgo ergonómico en el Trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1: Manejo manual de cargas.

Organización

Las 6 normas que integran este grupo tienen como propósito común dictar las medidas generales, encaminadas a coordinar los recursos materiales, humanos y financieros para llevar a cabo la administración de la seguridad y salud en el trabajo.

  • NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
  • NOM-018-STPS-2015, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.
    • ACLARACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, publicada el 9 de octubre de 2015.
  • NOM-019-STPS-2011, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
  • NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.
  • NOM-028-STPS-2012, Sistema para la administración del trabajo-Seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas.
    • ACUERDO de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2012, Sistema para la administración del trabajo-Seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas.
  • NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades.

Específicas

Este grupo está constituido por 7 normas que están enfocadas a ramas de actividad específica: agrícola, forestal, ferroviaria, minería y construcción. En su contenido se describen los aspectos más críticos y generales de seguridad e higiene que deben ser observados para conservar la vida y salud de los trabajadores.

  • NOM-003-STPS-1999, Actividades agrícolas-Uso de insumos fitosanitarios o plaguicidas e insumos de nutrición vegetal o fertilizantes-Condiciones de seguridad e higiene.
  • NOM-007-STPS-2000, Actividades agrícolas-Instalaciones, maquinaria, equipo y herramientas-Condiciones de seguridad.
  • NOM-008-STPS-2013, Actividades de aprovechamiento forestal maderable y en centros de almacenamiento y transformación en su actividad primaria-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
  • NOM-016-STPS-2001, Operación y mantenimiento de ferrocarriles-Condiciones de seguridad e higiene.
  • NOM-023-STPS-2012, Minas subterráneas y minas a cielo abierto – Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
  • NOM-031-STPS-2011, Construcción-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
  • NOM-032-STPS-2008, Seguridad para minas subterráneas de carbón.
    • Aclaración a la Norma Oficial Mexicana NOM-032-STPS-2008, Seguridad para minas subterráneas de carbón, publicada el 23 de diciembre de 2008.
    • ACUERDO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-032-STPS-2008, Seguridad para minas subterráneas de carbón.

Producto

Este último grupo de 9 normas regulan especificaciones de productos; dirigidas principalmente a fabricantes, comercializadores, importadores y distribuidores; su cumplimiento en los centros de trabajo se vigila de manera directa.

  • NOM-100-STPS-1994, Seguridad-Extintores contra incendio a base de polvo químico seco con presión contenida-Especificaciones.
  • NOM-101-STPS-1994, Seguridad-Extintores a base de espuma química.
  • NOM-102-STPS-1994, Seguridad-Extintores contra incendio a base de bióxido de carbono-Parte 1: Recipientes.
  • NOM-103-STPS-1994, Seguridad-Extintores contra incendio a base de agua con presión contenida.
  • NOM-104-STPS-2001, Agentes extinguidores-Polvo químico seco tipo ABC a base de fosfato mono amónico.
  • NOM-106-STPS-1994, Seguridad-Agentes extinguidores-Polvo químico seco tipo BC, a base de bicarbonato de sodio.
  • NOM-113-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Calzado de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba.
    • Aclaración al Acuerdo de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-113-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Calzado de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba, publicado el 24 de diciembre de 2010.
    • ACUERDO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-113-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Calzado de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba.
  • NOM-115-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Cascos de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba.
    • ACUERDO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-115-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Cascos de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba.
    • ACUERDO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-115-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Cascos de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba.
  • NOM-116-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Respiradores purificadores de aire de presión negativa contra partículas nocivas-Especificaciones y métodos de prueba.
    • ACUERDO de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-116-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Respiradores purificadores de aire de presión negativa contra partículas nocivas-Especificaciones y métodos de prueba.
    • ACUERDO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-116-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Respiradores purificadores de aire de presión negativa contra partículas nocivas-Especificaciones y métodos de prueba.

Conclusiones

Las primeras tres categorías son de aplicación obligatoria en los centros de trabajo en función de las características de las actividades que desarrollan y de las materias primas, productos y subproductos que se manejan, transportan, procesan o almacenan; ya sean empresas de producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios.

La cuarta categoría es de aplicación obligatoria para las empresas que pertenecen a los sectores o actividades específicas referidas en dichas normas.

Por último, la quinta categoría corresponde a las empresas que fabrican, comercializan o distribuyen equipos contra incendio y de protección personal.

Nota: Ayúdenos a mejorar este sitio web, en caso de que un link no funcione, por favor contáctenos para repararlo.

Fuentes de Información

Secretaría del Trabajo y Previsión Social – STPS. (2012). Marco normativo de seguridad y salud en el trabajo. Consultado el 12 de noviembre de 2019 en http://asinom.stps.gob.mx:8145/Centro/CentroMarcoNormativo.aspx. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social – STPS. (2013). Vigilancia del cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud en el trabajo. Obtenido el 12 de noviembre de 2019 dehttp://www.stps.gob.mx/bp/anexos/minas2012/manual_completo052013.pdf. México.

Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo – SePreSST. (2019). Glosario de Términos de Seguridad y Salud en el Trabajo. Obtenido el 12 de octubre de 2019 en http://www.sepresst.com.mx/2019/08/23/glosario-de-terminos-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/. México.

PorHeberto Joel

Estadísticas de los Riesgos de Trabajo en México

Riesgos de Trabajo

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) representa el 79.7% de la población trabajadora con empleo formal en México, motivo por el cual la Base de Datos de Riesgos de Trabajo que administra es relevante para fines estadísticos a nivel nacional; incluso, utilizada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). El IMSS anualmente publica en su «Memoria Estadística» los Riesgos de Trabajo ocurridos a su población afiliada.

De conformidad con la Ley Federal de Trabajo (DOF, 2019), artículo 473, los Riesgos de Trabajo se definen como:

Los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

Además, en la misma Ley, artículos 474 y 475, respectivamente, se definen:

Accidente de Trabajo, es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.

Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.

Enfermedad de Trabajo, es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

Estadísticas

De acuerdo a las estadísticas de Riesgos de trabajo registrados en el IMSS del 2008 al 2018 mostrados en la Gráfica 1, en promedio ocurren 527,802 riesgos de trabajo por año, distribuidos en accidentes de trabajo, accidentes en trayecto y enfermedades de trabajo conforme a la Gráfica 2. Si se desglosa esta información, se podría decir que en promedio ocurren 1,446 riesgos de trabajo por día en todo el territorio nacional.

Riesgos de Trabajo Por Año

(Sánchez, H) (2019) Gráfica 1. Riesgos de Trabajo terminados registrados en el IMSS por año de ocurrencia.

Distribución de Riesgos de Trabajo

(Sánchez, H) (2019) Gráfica 2. Promedio de distribución de Riesgos de Trabajo por: accidentes de trabajo, accidentes en trayecto y enfermedades de trabajo.

Como resultado de los riesgos de trabajo, durante el mismo periodo, han ocurrido en promedio 1,364 defunciones por año conforme a la Gráfica 3, distribuidos en accidentes de trabajo, accidentes en trayecto y enfermedades de trabajo conforme a la Gráfica 4; se podría decir entonces que ocurren 4 defunciones por día como resultado de los riesgos de trabajo.

Defunciones Por Riesgos Trabajo

(Sánchez, H) (2019). Gráfica 3. Defunciones por Riesgos de Trabajo registrados en el IMSS por año de ocurrencia del riesgo de trabajo.

Distribución de las Defunciones por Riesgos de Trabajo

(Sánchez, H) (2019) Gráfica 4. Distribución de defunciones por accidentes de trabajo, accidente en trayecto y enfermedades de trabajo.

Top 9 de Accidentabilidad

Tomando únicamente las estadísticas del 2018 de Riesgos de trabajo registrados en el IMSS, a continuación se muestra el top 9 de accidentabilidad en el trabajo por actividad económica, por ocupación, por acto inseguro y por riesgo físico:

No. Actividad Económica Ocupación Acto Inseguro Riesgo Físico
1 Industrias de transformación Trabajadores en actividades elementales y de apoyo Falla al asegurar o prevenir Métodos, materiales o procedimientos peligrosos
2 Comercio Operadores de maquinaria industrial, ensambladores, choferes y conductores de transporte Falta de atención a la base de sustentación o sus alrededores Defectos de los agentes
3 Servicios para empresas, personas y el hogar Comerciantes, empleados en ventas y agentes de ventas Falla o acto inseguro de terceros Peligros públicos
4 Industria de la construcción Trabajadores auxiliares en actividades administrativas Adoptar posiciones o actitudes peligrosas Peligros por la colocación
5 Transportes y comunicaciones Trabajadores artesanales Uso inapropiado de las manos o de otras partes del cuerpo Peligros del medio ambiente
6 Agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y caza Profesionistas y técnicos Comportamiento inapropiado en el trabajo Peligros ambientales de trabajo a la intemperie, diferentes a los peligros públicos
7 Servicios sociales y comunales Trabajadores en servicios personales y vigilancia Sin acto inseguro Sin riesgo físico
8 Industrias extractivas Funcionarios, directores y jefes No usar el equipo de protección personal disponible Protegido inadecuadamente
9 Industria eléctrica y captación y suministro de agua potable Trabajadores en actividades agrícolas, ganaderas, forestales, caza y pesca Uso inapropiado del equipo Peligros de indumentaria y vestido

Aviso de Riesgos de Trabajo a la STPS

Para saber más sobre el Aviso de Riesgos de Trabajo, puede consultar los siguientes links:

Conclusiones

Aunque el IMSS cuenta con casi el 80% del padrón de trabajadores afiliados con empleo formal en México, alrededor de 4,000,000 de trabajadores que están adscritos a otras instituciones públicas de seguridad social en el país no están contemplados dentro de las estadísticas; lo cual es un área de oportunidad para la STPS como principal instancia de gobierno que regula las medidas necesarias para prevenir los riesgos de trabajo y lograr que el trabajo se preste en condiciones que aseguren la vida y la salud de los trabajadores.

Fuentes de Información

Instituto Mexicano del Seguro Social – IMSS. (2018). Memoria Estadística 2018. Consultado el 12 de octubre de 2019 en http://www.imss.gob.mx/conoce-al-imss/memoria-estadistica-2018. México.

Instituto Mexicano del Seguro Social – IMSS. (s.f.). Información Nacional Disponible de Riesgos de Trabajo en el IMSS. Recuperado el 12 de octubre de 2019 de https://www.trabajo.cdmx.gob.mx/storage/app/uploads/public/590/cd0/5c0/590cd05c0e10f279026489.pdf. México.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social – STPS. (s.f.) Riesgos de trabajo registrados en el IMSS. Consultado el 12 de octubre de 2019 en http://www.stps.gob.mx/gobmx/estadisticas/riesgos.htm. México.

Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo – SePreSST. (2019). Glosario de Términos de Seguridad y Salud en el Trabajo. Obtenido el 12 de octubre de 2019 en http://www.sepresst.com.mx/2019/08/23/glosario-de-terminos-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/. México.

PorHeberto Joel

Peligro y Riesgo, diferencia y relación

Es natural que cuando se tiene una conversación en temas de Seguridad y Salud en el Trabajo, los términos peligro y riesgo se intercambien constantemente; en primer lugar porque los dos términos nos representan algo que puede afectar o causar daño a la salud; y en segundo lugar, porque son términos que están íntimamente relacionados como se verá más adelante, aunque en el sentido estricto de las definiciones que establece la NOM-030-STPS-2009 en México, se puede notar su diferencia, y también su relación.

Peligro

Son las características o propiedades intrínsecas de los agentes o condiciones presentes en el ambiente laboral. Su grado de peligrosidad se obtiene al evaluar la potencialidad del efecto que pueden generar o provocar dichas características o propiedades de los agentes o condiciones.

Advertencia Riesgos

(STPS). (2008). Imagen 1. Señales de Precaución. Tomadas de  http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5070081

Al decir «características o propiedades intrínsecas» hace alusión a los atributos que ya posee por su naturaleza el agente o condición, por ejemplo:

  • Manejo y almacenamiento de gasolina – Inflamable.
  • Manejo y almacenamiento de TNT – Explosivo.
  • Instalación eléctrica energizada – Energía eléctrica.
  • Una escalera portátil o un andamio – Altura.
  • Máquinas industriales – Ruido y vibración.
  • Elementos estructurales del centro de trabajo – Puntas con filo o sin filo.

Mayormente, el «grado de peligrosidad» se puede expresar a través de magnitudes o medidas de sus características o propiedades, en algunos casos inclusive con relación al tiempo de exposición; por ejemplo:

  • Temperatura de inflamabilidad (Grados celsius, °C).
  • Voltaje (Volts, V).
  • Fuerza (Kgf).
  • Nivel de ruido (Decibeles, dB).
  • Concentración de un tóxico (partes por millón, ppm o miligramos por metro cúbico, mg/m3).

Riesgo

Es la correlación de la peligrosidad de un agente o condición física y la exposición de los trabajadores con la posibilidad de causar efectos adversos para su salud o vida, o dañar al centro de trabajo. Como expresión, el riesgo es igual al peligro por la exposición del trabajador.

Peligro x Exposición igual a Riesgo

(Sánchez, H.). (2019). Imagen 2. Riesgo = Peligro x Exposición del Trabajador.

Esta expresión revela lo siguiente:

1. Si no hay exposición de trabajador(es) al peligro, entonces no habrá riesgo.

2. Si se elimina y/o reduce cualquiera de los dos factores, se controla el riesgo (ver jerarquía de controles).

Entonces, al interactuar el peligro y la exposición del trabajador se producen riesgos, como por ejemplo:

  • Fuego o temperatura elevada – Quemadura.
  • Explosión – Desintegración, quemadura, entre otros.
  • Energía eléctrica – Choque eléctrico, arco eléctrico o ráfaga.
  • Ruido – Exposición al ruido.
  • Altura – Caída.
  • Elementos estructurales – Penetración, cortadura o golpe.

Conclusiones

De acuerdo a los términos expuestos, la diferencia entre peligro y riesgo radica en que el peligro es aquello que puede causar un daño, y riesgo es lo que puede ocurrir durante la interacción o exposición al peligro, como se expresa en la Imagen 2 y se describe en la siguiente tabla:

Peligro Riesgo(s)
Altura Caída
Inflamabilidad Quemadura
Explosividad Desintegración, quemadura
Energía eléctrica Choque eléctrico, arco eléctrico y ráfaga
Ruido Exposición al ruido
Objeto filoso Cortadura o penetración
Objeto obtuso Golpe o contusión
Cargas suspendidas Aplastamiento
Sentado por periodo prolongado Ergonómico por postura estática

En la mismas definiciones, se puede notar que en ambos casos se hace referencia a efectos o daños que se pueden provocarse, esto también explica su relación.

Por otra parte, se puede concluir, que cuando se actúa o establecen medidas de seguridad sobre el peligro y/o la exposición del trabajador, se controla el riesgo en el sitio de trabajo, ya sea eliminándolo o reduciéndolo.

Fuentes de Información

  1. Diario Oficial de la Federación – DOF. (2009). NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades. Visitado el 06 de septiembre de 2018 en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5125949&fecha=22/12/2009.
PorHeberto Joel

Jerarquía de Controles de Riesgos

Control de Riesgos

El estudio o análisis de los riesgos consiste en tres etapas primordiales que son el Reconocimiento, la Evaluación y el Control. En este caso, el Control es el proceso mediante el cual se instrumentan las medidas de seguridad, derivadas de la Evaluación de los agentes Contaminantes del Ambiente Laboral (agentes físicos, químicos y biológicos), a efecto de no rebasar los valores límite de exposición (RFSST, 2014). Además se consideran dentro de las medidas de control, las que se tienen que aplicar a los factores ergonómicos, factores psicosociales y condiciones de riesgo del entorno.

Para identificar los controles a implementar es necesario considerar lo siguiente:
  1. Disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas.
  2. Disposiciones, recomendaciones o buenas prácticas de otras normas, ya sean nacionales o internacionales.
  3. Recomendaciones del fabricante o proveedor; en el caso de maquinaria o equipo.
  4. Indicaciones y recomendaciones del personal de Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a la NOM-030-STPS-2009.
  5. Sugerencias y aportaciones por parte de los trabajadores que conocen el proceso o la actividad.

Jerarquía de Controles de Riesgos (5 pasos)

Con la finalidad de definir y establecer los mejores controles en la instalación o sitio de trabajo, y no considerar al Equipo de Protección Personal (EPP) como primera barrera de seguridad entre el trabajador y el riesgo (lo cual es menos efectivo), es imprescindible jerarquizarlos para reducir de manera más efectiva la probabilidad de accidentes y enfermedades de trabajo (riesgos de trabajo). 

La Administación de la Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA por sus siglas en inglés) recomienda la siguiente jerarquía de 5 pasos:

Jerarquía de Controles de Riesgos

(OSHA). (s.f.). Imagen 1. Jerarquía de Controles. Tomada de https://www.osha.gov/shpguidelines/hazard-prevention.html

  1. Eliminación: Quitar o remover físicamente el peligro.
  2. Sustitución: Reemplazar el peligro.
  3. Control de Ingeniería: Aislar a los trabajadores del peligro.
  4. Control Administrativo: Cambiar la manera en que las personas trabajan.
  5. Equipo de Protección Personal: Preteger al trabajador con el equipo de protección personal.

En la Imagen 1 se observa claramente que la Eliminación es más efectiva y el EPP es menos efectivo; esto no quiere decir que el EPP no sea necesario o menos importante para proteger a los trabajadores como lo establece la NOM-017-STPS-2008; pero, si se elimina o sustituye un peligro del lugar de trabajo, esto podría significar un EPP menos que el trabajador deba portar.

Es importante seleccionar los controles que sean más factibles, eficaces y permanentes.

Ejemplos

Eliminación: Limpiar derrames de líquidos, retirar objetos tirados en el suelo, quitar objetos en alto que puedan caer, remover de una habitación recipientes que contienen líquidos inflamables, etc.

Sustitución: En un proceso industrial se utiliza una sustancia química que es corrosiva y tóxica para los trabajadores; por tal motivo, esta sustancia se ha reemplazado por otra que no lo es, la cual representa un menor riesgo y no altera el proceso. Un equipo produce emisiones de gases tóxicos e inflamables, debido al riesgo que representa, la empresa ha decidido sustituir al equipo por un modelo más reciente con una tecnología que evita tales emisiones de gases peligrosos. Reemplazar equipo y herramienta defectuosa.
Control de Ingeniería: Las guardas para proteger partes rotativas de equipos, ventilación y extracción de atmósferas peligrosas, colocación de comales y bridas ciegas, colocación de una tapa o barandal alrededor de una abertura, etc.
Control Administrativo: Señalizaciones, procedimientos, manuales, instructivos, programas de mantenimiento, programas de capacitación, registros de monitoreos a la atmósfera, autorizaciones para trabajos de riesgo, registro de rotación de personal. etc.
Equipo de Protección Personal: Se selecciona conforme a lo dispuesto en la NOM-017-STPS-2008. Casco, lentes, tapones auditivos, respirador purificador de aire, guantes, botas, etc.

Aplicación

La jerarquía de controles es aplicable en la prevención de riesgos de trabajo de la mayoría de las Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la STPS, así como en los métodos existentes para el análisis de riesgos; esta tarea es multidisciplinaria, en donde el Responsable de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo juega un rol importante en conjunto con los especialistas o técnicos de las disciplinas implicadas.

Es tan recomendada la utilización de la jerarquía de controles de riesgos que actualmente en el requisito 8.1.2 «Eliminar peligros y reducir riesgos en la SST»de la ISO 45001:2018 «Sistemas de Seguridad y Salud en el Trabajo – Requisitos con orientación para su uso«, la contempla para su aplicación en la organizaciones que están instrumentando este estándar internacional.

Fuentes de Información

  1. Diario Oficial de la Federación – DOF. (2014). Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. Visitado el 15 de agosto de 2018 en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5368114&fecha=13/11/2014.
  2. Occupational Safety and Heatlh Administtration – OSHA. (s.f.) Prevención y Control de Riesgos. Visitado el 15 de agosto de 2015 en https://www.osha.gov/shpguidelines/hazard-prevention.html
  3. The National Institute for Occupational Safety and Health -NIOSH (2018). Hierarchy of Controls. Visitado el 15 de agosto de 2015 en https://www.cdc.gov/niosh/topics/hierarchy/default.html.
PorHeberto Joel

Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo

¿Qué son?

Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo es un término acuñado en la normatividad de México; y se refiere a:

Aquellos prestados por personal capacitado -interno, externo o mixto-, cuyo propósito principal es prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo, mediante el cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST).

De acuerdo a la NOM-030-STPS-2009, la persona designada para prestar tales servicios es el Responsable de SST; sin embargo, generalmente en el argot laboral se le conoce como: segurista, higienista o prevencionista; o estructuralmente como gerente, coordinador, jefe o supervisor de SST; en donde la mayor responsabilidad la tendrá el Responsable de SST con el mayor grado jerárquico en esta área dentro de la organización.

Tal como se establece en la definición, dicho personal puede ser interno, externo o mixto. Se entiende por interno, los prestados por el patrón o personal del centro de trabajo; externo, los prestados por personal independiente al centro de trabajo, y mixtos, los prestados tanto por personal interno como por personal independiente al centro de trabajo.

El término Seguridad y Salud en el Trabajo también puede estar referido como: seguridad e higiene; seguridad e higiene industrial; seguridad y salud; seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo; seguridad y salud ocupacional; etc.

Supervisión de Seguridad y Salud Ocupacional

(Sánchez, H.)(2018) Recorrido de Seguridad y Salud en el Trabajo

¿Qué NOM regula estos servicios?

En la NOM-030-STPS-2009 se establecen las funciones y actividades de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Además de sus funciones y actividades, se especifican los requerimientos mínimos para el Diagnóstico de SST, y el Programa de SST o Relación de Acciones Preventivas y Correctivas de SST, respectivamente.

Por último, la NOM a través de sus Guías de Referencia, recomienda instrumentar algunas acciones preventivas en los centros de trabajo.

Otras normas que refieren a los Servicios Preventivos de SST son:

Conclusión

Es vital que todo el personal que conforma a los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo en México, esté capacitado en la aplicación de la NOM-030-STPS-2009, como la base normativa para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo en sus centros de trabajo.

Fuentes de Información

Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo – SePreSST. (2019). Glosario de Términos de Seguridad y Salud en el Trabajo. Publicado el 23 de agosto de 2019 en http://www.sepresst.com.mx/2019/08/23/glosario-de-terminos-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/. México.

PorHeberto Joel

Glosario de Términos de Seguridad y Salud en el Trabajo

Actualmente en México, solo existe por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) un apoyo informático web en donde se pueden consultar algunos términos relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST): «Consulta de definiciones contenidas en las normas«, como parte del «Programa de Autogestión de Seguridad y Salud en el Trabajo» (PASST) que esta misma dependencia de gobierno promueve para las empresas a nivel nacional; sin embargo, dicho apoyo informático no incluye a todas las normas expedidas por la Secretaría, y una de ellas no está actualizada.

Es por tal razón, que Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SePreSST) emite el primer Glosario de Términos de SST.

Que además incluye:

  • Símbolos, abreviaturas y unidades de medida.
  • Tabla de enfermedades de trabajo.
  • Referencias de las NOM’s
  • Bibliografías de las NOM’s

Propósito

El glosario se desarrolló para servir como un documento de consulta para investigadores, profesionistas, personal de los servicios preventivos de SST, patrones, trabajadores y estudiantes; en general, todos aquellos interesados en conocer las definiciones de los términos normativos con enfoque a la Seguridad y Salud en el Trabajo.

¿De dónde se tomaron los términos?

Los términos y definiciones se tomaron de:

Descargue el Glosario aquí: